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¿El 1 de mayo se paga doble a los trabajadores?, aquí te decimos

El 1 de mayo conmemora la histórica huelga de trabajadores en Chicago, Estados Unidos, en 1886, cuando se exigía una jornada laboral de ocho horas.

Adriana Ochoa
24/04/25

¿El 1 de mayo se paga doble a los trabajadores?, aquí te decimos

FOTO: Luz Noticias.

Ya está por llegar el 1 de mayo, Día Internacional del Trabajo, miles de trabajadores en México se preguntan si este feriado se recorrerá para formar un fin de semana largo y, en caso de laborar, si deben recibir un pago especial y lo más importante si se pagará doble, aquí te decimos.

De acuerdo con lo que establece la Ley Federal del Trabajo, la fecha no será modificada y sí contempla una compensación económica para quienes deban trabajar.

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El origen del Día del Trabajo

El 1 de mayo conmemora la histórica huelga de trabajadores en Chicago, Estados Unidos, en 1886, cuando se exigía una jornada laboral de ocho horas. La represión a esta manifestación dio origen a una fecha emblemática para la defensa de los derechos laborales en todo el mundo.  

En México, esta jornada se conmemoró por primera vez en 1913.

¿Se recorre el feriado del 1 de mayo?

Según lo establecido en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el Día Internacional del Trabajo se considera un día de descanso obligatorio no modificable, por lo que no se recorrerá al lunes anterior o posterior, como ocurre con otros feriados.

Este 2025, la fecha caerá en jueves, y será un día de descanso oficial en todo el país.

¿Se paga doble por trabajar el 1 de mayo?

  • Sí. De acuerdo con la misma legislación laboral, los trabajadores que deban prestar sus servicios durante el jueves 1 de mayo tienen derecho a recibir un salario doble, además del salario correspondiente por el día feriado, es decir, un pago triple en total.

Es importante precisar que, aunque algunos feriados coinciden con domingo y dan lugar al pago de una prima dominical, esta no aplicará en esta ocasión debido a que el 1 de mayo caerá en jueves.

Días de descanso oficial restantes en 2025

Además del 1 de mayo, el calendario laboral contempla otros cinco días de descanso obligatorio para el resto del año, según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo:

  • Domingo 1 de junio – Elecciones locales en Durango y Veracruz

  • Martes 16 de septiembreAniversario de la Independencia de México

  • Lunes 17 de noviembre – En conmemoración del 20 de noviembre, Día de la Revolución Mexicana

  • Jueves 25 de diciembreNavidad

Asimismo, se recuerda que el 1 de octubre, cada seis años, se considera día de descanso por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, aunque este evento no volverá a ocurrir hasta el año 2030.

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