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¿Es legal faltar al trabajo en mi cumpleaños? Esto dice la Ley Federal del Trabajo en México
Si no quieres asistir a tu lugar de trabajo en el día de tu cumpleaños, esto debes saber.

FOTO: Temática.
Para algunos, el trabajar en el día de su cumpleaños resulta una idea muy desagradable, por lo que deciden solicitar el día o simplemente faltar, ¿Es esta razón suficiente para un despido? Esto es lo que sabemos.
En México, las fechas de cumpleaños de los trabajadores no son reconocidas como un descanso obligatorio, por lo que no se tiene la libertad de asistir o no.
La Ley Federal del Trabajo (LFT), la encargada de fomentar una buena relación entre los empleados y los empleadores, asegura que este día no es considerado una falta justificada. Faltar al trabajo en esta ocasión puede tener diversas consecuencias dependiendo las medidas que tome cada empresa, ya que no se trata de una obligación legal ni un derecho.

¿Me pueden despedir del trabajo por faltar en mi cumpleaños?
La realidad es que, aunque no sea un día de descanso obligatorio, si llegas a faltar a tu lugar de trabajo, no sería una razón suficiente para ser despedido. Para un despido justificado se deben acumular más de tres faltas sin justificaciones en un periodo específico, lo cual está estipulado en el artículo 47.

En términos económicos, si faltas a tu trabajo en este día, se te descontaría el sueldo diario. Según la legislación, el descuento correspondiente se calcula dividiendo el sueldo semana, quincenal o mensual entre los días laborales del periodo.
Aunque este día se vea descontado, pagos extras como lo son el aguinaldo o la prima vacacional, no se ven afectados por esta falta.

¿Cuáles son los días que si hay descanso obligatorio?
Es importante recordar cuáles son los días de descanso obligatorio establecidos por la Ley Federal del Trabajo este 2025. Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, conforme al artículo 74 de la ley se incluyen:
- El 1 de enero.
- El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.
- El 1 de mayo.
- El 16 de septiembre.
- El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.
- El 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre.
- La fecha que determinen las leyes federales y locales electorales para la jornada electoral.
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